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¿Qué IMPUESTOS debo pagar al SAT por VENDER mi auto usado? Tarifas y MULTAS por no declararlo

En algunos casos deberás pagar impuestos a Hacienda; en otros no y en Heraldo Binario te detallamos los casos

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En México, cuando el dueño de un automóvil usado lo quiere vender, a menudo esta actividad se realiza en lo "oscurito" y sin notificarle al Sistema de Administración Tributario (SAT) de la operación. Sin embargo, en Heraldo Binario te vamos a explicar qué se debe hacer en estos casos y si le tienes o no que pagar IMPUESTOS al fisco por esta transacción. 

Lo primero que debes tomar en cuenta es que al VENDER un automóvil usado a otra persona, debes declarar los ingresos obtenidos por la VENTA ante el SAT.

En caso de NO notificarle al SAT que vendiste tu automóvil usado, el fisco podría MULTARTE y tu historial crediticio verse afectado si SAT le informa a las instituciones bancarias sobre el asunto. 

Al vender mi automóvil usado, ¿debo pagarle IMPUESTOS al SAT?

No necesariamente. Para saberlo, habrá que considerar varios factores; entre ellos, cuál fue el precio de adquisición del vehículo, el tiempo que ha transcurrido en que lo compraste, así como el precio al que lo vendiste y la inflación. 

¿En qué casos se pagan IMPUESTOS al SAT y en qué casos no? 

Es en el artículo 93 de la Ley de Ingreso Sobre la Renta (LISR) la que establece que NO se debe pagar ISR por los ingresos obtenidos de la venta de un bien mueble (como es un vehículo), siempre y cuando en un año la diferencia entre el ingreso que obtuvo el dueño del automóvil mediante la VENTA y el costo de adquisición no sea mayor a tres unidades de medida y actualización (UMA) anualizadas (105,303 pesos).

Por ejemplo: si vendes el automóvil en 350,000 y originalmente pagaste 300,000 por el bien mueble, estarás obteniendo una ganancia de 50,000 pesos, con lo que NO tendrás que pagarle impuestos al fisco mexicano. 

En cambio, en el caso que hayas VENDIDO el automóvil a un menor precio al que lo adquiriste (porque los bienes muebles se deprecian), el artículo 124 de la LISR estipula que se deberá disminuir anualmente a razón del 20% por cada año transcurrido desde que se compró el vehículo y hasta un límite de cinco años, tras lo cual se considera que no hay costo de adquisición.

Entonces, si el vehículo costó 300,000 pesos y lo quieres vender dos años después de adquirirlo, deberás disminuirle el 20% en dos ocasiones (2 años), con lo que el costo de adquisición equivaldrá a 180,000. Así, si el coche se vende en 250,000 pesos, tu ganancia será únicamente de 10,000 pesos, por lo que NO estarás obligado a pagar IMPUESTOS al SAT.

En caso de que el vehículo se venda a los seis años de haber sido adquirido, se considerará que la totalidad del precio de venta son ganancias, por lo que sí tendrías que pagar ISR por la fracción del precio de venta que sobrepase las 3 UMAS anualizadas (105,303 mil pesos). Por ello, si vendieras el vehículo a los 6 años de adquirirlo, por la cantidad de 110,000 pesos, deberás pagar impuestos al SAT por el excedente de 4,697 pesos.

En caso de que la operación de VENTA del automóvil usado sea menor a 227,400 pesos NO deberás pagar impuestos a Hacienda.

¿Debo NOTIFICARLE al SAT de la VENTA de mi automóvil usado?

La respuesta es SÍ. Deberás notificarle al fisco de la compra-venta de un automóvil particular a través de su declaración anual, pues este gasto es considerado como un ingreso extra obtenido, y únicamente es gravable en ciertos casos como las que ya te detallamos en la parte inicial del artículo.

Para que te quede más claro; definitivamente debes notificar a Hacienda de la compraventa porque es parte del ejercicio informativo para justificar dicho ingreso. 

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