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Asignación familiar IMSS: ¿Qué es y cuáles son los REQUISITOS para solicitar el apoyo?

Todo lo que necesitas saber sobre esta prestación de ley

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Si eres un derechohabiente del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), además de contar con una PENSIÓN económica cada mes, el organismo también ofrece una ayuda económica a los beneficiarios de los jubilados y pensionados, llamada como asignación familiar, y en Heraldo Binario te vamos a detallar en qué consiste esta prestación de ley

¿Qué es la asignación familiar del IMSS?

La Asignación Familiar es el derecho a recibir, por cada carga familiar acreditada, una suma de dinero que varía de acuerdo con el sueldo del beneficiario con base en la Ley del Seguro Social a los beneficiarios de los pensionados por invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada.

¿Qué beneficiarios puedo agregar para incrementar mi pensión de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez?

Si el pensionado no tuviera ni esposa o concubina, ni hijos, ni ascendientes que dependan económicamente de él, se le concederá una ayuda asistencial del 15%. Las asignaciones familiares cesarán con el fallecimiento del familiar que la originó.

Estas asignaciones familiares serán finalizadas en caso de la muerte de alguno de ellos, o en el caso de los hijos(as) cuando cumplan los 16 o 25 años, con excepción de los que se encuentren estudiando y se presente el documento probatorio correspondiente.

Estas asignaciones familiares permanecen hasta la muerte de alguno de ellos, o en el caso de los hijos(as) hasta cumplir los 16, o bien hasta los 25, siempre y cuando se encuentren estudiando en un plantel incorporado al Sistema Educativo Nacional y se presente el documento probatorio correspondiente.

El porcentaje de asignación familiar para un beneficiario puede ser menor al indicado anteriormente, debido a la aplicación de un ajuste si se presenta alguna condición descrita en el artículo 169 de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997.

¿Cuál es el porcentaje de ayuda porcentual con el que ayudarán a los beneficiarios de los pensionados del IMSS?

  • 15% por esposa o concubina.

  • 10% por cada uno de los hijos menores de 16 años.

  • 10% por cada uno de los hijos de 16 y hasta 25, si se encuentra estudiando en planteles del Sistema Educativo Nacional, siempre que no sea sujeto del régimen obligatorio.

  • 10% por cada uno de los hijos del pensionado con motivo de no poderse mantener por sí mismos, debido a inhabilitación para trabajar por enfermedad crónica, física o psíquica, la asignación podrá continuarse pagando hasta en tanto no desaparezca la inhabilitación sin importar la edad.

  • Si el pensionado no tuviera ni esposa o concubina, ni hijos conforme a los supuestos anteriores, se concederá una asignación del 10% por cada uno de los padres del pensionado si dependieran económicamente de él; si el pensionado sólo tuviera un ascendiente se le concederá adicionalmente una ayuda asistencial del 10%

¿Qué documentos necesitas como asegurado y/o pensionado del IMSS?

  1. Identificación oficial con fotografía y firma, como puede ser: credencial para votar, pasaporte, cartilla de Servicio Militar, credencial ADIMSS
  2. Comprobante de domicilio, con antigüedad no mayor a 3 meses de expedición, como puede ser: agua, luz, teléfono, gas.
  3. Impresión de CURP

Tu cónyuge:

  1. Copia certificada expedida por el Registro Civil, de acta de matrimonio
  2. Constancia testimonial que confirme el concubinato expedida por la autoridad judicial competente

Para hijos menores de 16 años:

  • Copia certificada expedida por el Registro Civil de acta de nacimiento, acta de adopción o reconocimiento

Para tus hijos de 16 a 25 años: 

  • Copia certificada expedida por el Registro Civil del acta de nacimiento, acta de adopción o reconocimiento
  • Constancia de estudios del año en curso expedida por las escuelas reconocidas ante la SEP; con los datos: nombre completo del alumno, nombre y clave del plantel educativo, grado que cursa y ciclo escolar (periodo que cursa), lugar y fecha en que se expide el documento, firma autógrafa del director del plantel escolar o de la persona en quien esté delegada esta función, sello oficial del plantel escolar.

Adicionalmente en constancias expedidas por escuelas particulares:

  • Clave de incorporación
  • Fecha y número del acuerdo por el que se les otorgó el reconocimiento de validez oficial

Tu hijo mayor de 16 años con discapacidad: 

  • Copia certificada del acta de nacimiento, acta de adopción o reconocimiento expedida por el Registro Civil
  • Dictamen de Invalidez de beneficiario, Formato ST-6

Tus ascendientes (padres): 

  • Copia certificada de acta de nacimiento, acta de adopción o reconocimiento expedida por el Registro Civil
  • Constancia testimonial con la que confirmes la dependencia económica expedida por la autoridad judicial competente

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