Con la llegada de la pandemia de la COVID-19 al mundo entero, los esquemas de trabajo se han modificado y cada vez son más las empresas que se decantan por el home office, o bien, horarios híbridos, con lo que los empleados únicamente van algunos días de la semana a las oficinas y el resto, realizan sus actividades desde casa.
En Heraldo Binario te vamos a explicar cuáles son los GASTOS que puedes deducir de impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
¿Quién puede DEDUCIR gastos ante el SAT?
Aquellas personas que sean trabajadores independientes o freelance; es decir, aquellos que están dados de alta ante el SAT como personas físicas con actividad empresarial y ellos mismos son los que cumplen con sus obligaciones fiscales.
Aquí la LISTA de las deducciones autorizadas por el SAT para los trabajadores independientes que laboran desde su casa, en el sistema de "home office".
- Papelería y artículos de oficina
- Renta de oficina
- Compra de mercancía
- Servicios de agua, luz, teléfono
- Gastos en General
- Gastos indispensables para realizar las actividades profesionales
- Equipo de cómputo
- Inversiones
- Viáticos
- Celulares y dispositivos electrónicos
- Impresoras
- Equipo de oficina
- Equipo de transporte
- Construcciones
- Cuotas de seguros
- Productos de limpieza (para mantener limpia tu zona de trabajo)
- Equipo de iluminación
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