Abril es el mes en que las personas físicas deben presentar su Declaración Anual, referente en este caso, al ejercicio fiscal del 2021. ¿Qué pasa si al presentarla resultas con SALDO a FAVOR? ¿En cuánto tiempo el fisco debe devolverte el dinero? En Heraldo Binario te explicamos.
¿Qué dice la ley?
El SALDO a FAVOR es el derecho a obtener, en su beneficio, las devoluciones de impuestos que procedan en términos del Código Fiscal de la Federación y de las leyes fiscales aplicables, como lo estipula la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, en su artículo 2, fracción II.
¿En qué consiste este derecho del SALDO a FAVOR?
Cuando tengas saldo a favor podrás solicitar las devoluciones que te correspondan. Esto ocurre cuando al efectuar el cálculo de tus impuestos, resulta que pagaste más de lo que debías, por lo que puedes solicitar ante el SAT que te sea devuelta la cantidad.
PASO a PASO: ¿Cómo solicitar tu devolución en forma automática.?
Para hacer valer tu derecho, el SAT facilitó el proceso de devolución ofreciendo al contribuyente la posibilidad de recibir el saldo a favor automáticamente, esta facilidad administrativa aplica a todas las personas físicas que presenten su declaración anual del ejercicio fiscal anterior al año en curso y se ubiquen en los supuestos siguientes:
- Señalen la opción de devolución en la declaración anual del ejercicio.
- Presenten su declaración de forma electrónica con contraseña, e.firma o e.firma portable, según corresponda, conforme a lo siguiente:
a. Si el saldo a favor es igual o menor a $10,000.00, puedes presentar la Declaración anual con Contraseña.
b. Si el saldo a favor es mayor a $10,000.00 y no excede de $150,000.00, el contribuyente podrá presentar su declaración anual con Contraseña, siempre y cuando selecciones una cuenta CLABE activa a 18 dígitos ya precargada en el aplicativo, misma que deberá estar a nombre del contribuyente. En caso de capturar una cuenta CLABE distinta a las precargadas, deberá presentar la declaración utilizando la e.firma o la e.firma portable.
c. Si el saldo a favor es de $10,001.00 a $150,000.00, la declaración anual se presentará utilizando la e.firma o e.firma portable.
Recuerda que si el saldo a favor de la declaración anual excede de $150,000.00 NO podrás aplicar la facilidad de solicitar tu devolución en forma automática, sin embargo, podrás solicitar la devolución del saldo a favor a través del Formato Electrónico de Devoluciones (FED).
¿En qué tiempo se resuelve una solicitud de devolución?
Las devoluciones deberán efectuarse dentro del plazo de los cuarenta días hábiles siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud ante la autoridad fiscal.
¿Cómo puedo saber los motivos por los cuales se autorizó en devolución automática un saldo a favor menor, determinado en la declaración anual?
- Deberás ingresar al Portal del SAT
- Una vez dentro del portal del SAT, deberás dar clic en "Devoluciones y Compensaciones", posteriormente pulsar "Seguimiento de trámites y requerimientos".
- Ahora, deberás autenticarte con e. firma o contraseña.
- Selecciona la consulta “Requerida”, luego “Motivos de inconsistencia”, en seguida se mostrarán las inconsistencias de la devolución automática.
¿Qué hago si el SAT no me ha devuelto mi saldo a favor?
Si ya verificaste que tengas saldo a favor por parte del SAT, puedes levantar una queja en los siguientes teléfonos:
- (01 55) 6272 2728 en México
- Desde Estados Unidos y Canadá (1 877) 44 88 728.
Considera que en algunas ocasiones el SAT podría decidir NO regresarte el SALDO a FAVOR si es que, al revisar tu información llega a encontrar inconsistencias en la declaración anual.
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