DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS

Declaración anual 2021: Si saldo a favor es menor a este monto el SAT no pide e.firma en devolución

La autoridad fiscal del país dio a conocer varias mejoras para que las personas físicas puedan cumplir con la presentación de su declaración anual 2021.

Créditos: Especial
Por
Escrito en TENDENCIAS el

Ya comienza el cuarto mes del año y con ello comienza la temporada para presentar la declaración anual 2021, por lo que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer algunas mejoras en este proceso, con el propósito de que sea más fácil cumplir con esta obligación fiscal.

Entre los cambios anunciados por la autoridad fiscal, ya no se requerirá de la firma electrónica o e.firma, en caso de que el contribuyente logre un saldo a favor menor a los 150,000 pesos.

¿En cuáles casos el SAT solicitara e.firma?

Ahora bien, en caso de modificar la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) o si el saldo a favor es mayor a 150,000 pesos, el SAT sí requerirás de la e.firma.

Además, el fisco detalló que las personas físicas podrán presentar su declaración anual 2021 mediante las siguientes herramientas en línea:

  • Oficina Virtual: esta herramienta permite recibir asesoría y orientación en línea desde cualquier lugar de manera remota. Para ello, los contribuyentes necesitan su e.firma o contraseña. Para agendar una cita hay que ingresar a Citas SAT.
  • OrientaSAT: este aplicativo ayuda a resolver dudas y está habilitado de las 24 horas del día, los 365 días del año, en el portal del SAT y en el micrositio de declaración anual 2021.

Además, a partir del 1 de abril, activará la herramienta OrientaSAT mediante MarcaSAT 55 6272 2728, que tendrá un asistente virtual a través de llamadas.

También extenderá horarios de atención

Por otro lado, para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, el fisco dio a conocer que extenderá los horarios de atención en sus oficinas en los días hábiles de abril, de 8:30 a 18:00 horas; y sábados 2, 9, 23 y 30 de abril de 9:00 a 16:00 horas.

Finalmente, el SAT recordó que la fecha límite para que las personas físicas presenten su respectiva declaración anual es el 30 de abril.

Sigue a Heraldo Binario en Google News, dale CLIC AQUÍ.