Los altos niveles de ozono en la CDMX y la Zona Metropolitana del Valle de México provocaron que la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) activara la fase I de contingencia ambiental, por lo que este miércoles 30 de marzo se aplicó el ‘Doble Hoy no circula’.
Esta prohibición entró en vigor en punto de las 05:00 horas y fue suspendida a partir de las 17:00 horas de este miércoles. Al respecto, la jefa de Gobierno de la CDMX, Claudia Sheinbaum, informó que la CAMe había suspendido la contingencia ambiental atmosférica por ozono en la Zona Metropolitana, por lo que el día de mañana jueves 31 de marzo, el programa 'Hoy No Circula' aplica de manera normal. Esto es que no circulan los vehículos con holograma 1 y 2, engomado verde, terminación de placa 1 o 2.
¿Cuándo surgió el programa Hoy No Circula?
En la década de los 80, debido a los altos niveles de ozono en la CDMX surgió el programa "Un día sin auto", que era de carácter voluntario. El 20 de noviembre de 1989 se lanzó el programa Hoy No Circula en la Zona Metropolitana del Valle de México de forma temporal, aunque en 1990 se volvió obligatorio. En la CDMX entró en vigor el 1 de julio de 2008.
Este programa consiste en sacar de la circulación un día a la semana al 20% de los vehículos automotores de la Ciudad de México. Es una medida aplicada para reducir la contaminación atmosférica que ha sido implementada en otros países.
¿Qué es la contingencia ambiental 1 y cuándo se activa?
La Fase 1 de Contingencia Ambiental por Ozono se activa por las altas concentraciones de ozono, su objetivo es disminuir la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de que se afecte su salud. Asimismo, pretende reducir la generación de contaminantes y la probabilidad de volver a alcanzar altas concentraciones de ozono.
¿Cuáles son las multas para quienes incumplan la medida?
Aunque la medida del 'Doble Hoy No Circula' haya sido suspendida este miércoles 30 de marzo, es importante recordar que las autoridades tienen establecidas ciertas multas para quienes infrinjan la medida ambiental que es de carácter obligatorio. El monto de la sanción es el siguiente:
Los automovilistas que no acaten la medida serán sancionados con una multa de 20 o 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente de la CDMX, un equivalente de 1,509.80 a 2,264.70 pesos, mientras que en el Estado de México la multa será de 1,460.80 pesos.
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