Con los cambios aplicados a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), las y los contribuyentes compran gasolina para los vehículos que usan para realizar sus actividades económicas, ahora podrán deducir impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), aunque sea traten de adquisidores cuyo monto sea inferior a los 2,000 pesos.
Recordemos que el SAT exige a los contribuyentes pagar con medios electrónicos, pero, además, ahora deberá contar con el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), el cual debe ser emitido por el vendedor de combustible, según estipula el inciso III del artículo 27 de la Ley ISR.
Te podría interesar
Por lo tanto, la factura electrónica será necesaria para gastos que no superen los 2,000 pesos; antes de la reforma a la Ley ISR era requerido solo al rebasar dicho tope. Según el SAT, este cambio busca combatir el huachicol, es decir, la venta ilegal de gasolinas.
¿Cuáles son los nuevos requisitos para facturar gasolina?
- Solicitar el CFDI por cada una de las compras o transacciones por combustibles y que estas sean para realizar tus actividades económicas.
- La factura debe incluir los permisos vigentes de comercialización del proveedor de combustible por parte de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y de importación de la Secretaría de Energía (Sener).
- Ampararse con un comprobante fiscal y que los pagos cuyo monto exceda 2,000 pesos, se efectúen a través de transferencia electrónica de fondos desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que autorice el Banco de México (Banxico).
- Contar con un cheque nominativo de la cuenta del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito, de servicios, o monederos electrónicos autorizados por el SAT.
- En caso de adquirir combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres, el pago deberá realizarse con algún tipo de tarjeta mencionada, incluso si las contraprestaciones de dichas compras no superen los 2,000 pesos de monto.
- Es decir, si eres una persona física o moral y adquieres combustible con efectivo, aunque el monto sea inferior a 2,000 pesos, tu factura no será deducible.
Por lo tanto, el pago tiene que ser a través de las siguientes formas de pago:
- Transferencia
- Cheque nominativo
- Tarjeta de Crédito
- Tarjeta de servicio
- Monedero electrónico autorizado
Considera esto antes de adquirir gasolina
Ahora bien, aunque el contribuyente realice el pago con los medios que exige el SAT, según dicho artículo de la Ley ISR, no será válida la deducción de impuestos si el permiso del proveedor de combustible no se encuentre vigente cuando se emite la factura electrónica.
“En el comprobante fiscal deberá constar la información del permiso vigente, expedido en los términos de la Ley de Hidrocarburos al proveedor del combustible y que, en su caso, dicho permiso no se encuentre suspendido, al momento de la expedición del comprobante fiscal”, indica la reforma al artículo 27 de la Ley ISR reformada.
Sigue a Heraldo Binario en Google News, dale CLIC AQUÍ.