¿Estás jubilado, pensionado o eres un adulto mayor? El Gobierno de la Ciudad de México te informa que puedes ser acreedor al beneficio fiscal de CUOTA FIJA de 55 pesos o la condonación del 30% del impuesto PREDIAL y sin tener que presentarte a las oficinas de la Tesorería para presentar la correspondiente documentación.
Podrás solicitar la CUOTA FIJA o la condonación del 30% del PREDIAL a través de la plataforma online disponible dando clic aquí, en donde podrás adjuntar tus documentos de manera digital, en formato PDF.
¿Qué documentación presentar de manera online para adquirir el DESCUENTO en el impuesto PREDIAL?
1. Boleta Predial (Propuesta de Declaración de Valor Catastral y pago del Impuesto Predial).
2. Identificación oficial vigente con fotografía (INE/IFE, pasaporte, cédula profesional). En caso de ser extranjero, cualquier documento que acredite su estadía legal en el país.
3. CURP del contribuyente (en caso de que la identificación oficial no la contenga).
4. Documento con fotografía con el que acredita según su condición conforme:
- Artículo 281 Manifiesto bajo protesta de decir verdad en el numeral 5
- Artículo 282 Manifiesto bajo protesta de decir verdad en el numeral 5
- Condonación 30 % Manifiesto bajo protesta de decir verdad en el numeral 5
5. Comprobante de domicilio con vigencia no mayor a seis meses y a nombre del contribuyente (recibo de luz, recibo de telefonía fija, recibo de gas, recibo de cuenta bancaria, boleta Predial (del ejercicio fiscal inmediato interior) o boleta de agua (del ejercicio fiscal inmediato interior).
6. Deberá descargar, llenar y firmar el manifiesto correspondiente y remitirlo en formato PDF:
- Cuota bimestral $55.00 (reducción del Impuesto Predial por artículo 281 del CFCDMX) Descargue manifiesto
- 30% de Condonación del Impuesto Predial. Descargue manifiesto
7. Correo electrónico para recibir notificaciones.
¿Cómo se si me aprobaron el beneficio fiscal correspondiente?
Los documentos enviados por los contribuyentes serán revisados por la Autoridad Fiscal correspondiente. Una vez validados los documentos con los que se corrobore que el contribuyente cumple con los requisitos para ser sujeto del beneficio fiscal de que se trate, se remitirá al correo electrónico proporcionado por el contribuyente la respuesta que resulte del análisis realizado por la Autoridad Fiscal; en su caso, se hará acompañar el Formato Múltiple de pago a la Tesorería correspondiente, el cual deberá ser pagado por el contribuyente dentro del mismo día de su recepción.
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