El Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizó una actualización a la factura electrónica, la cual pasó de la versión 3.3 a la 4.0, y a través de un comunicado de prensa, el organismo detalló que los contribuyentes podrán facturar con el sistema de facturación electrónica que utilizaron en 2021, hasta el 30 de abril de este año.
En la versión más reciente, los cambios más importantes son la obligatoriedad del nombre y domicilio fiscal, tanto del emisor, como del receptor.
En el caso de los recibos de nómina, los trabajadores deberán proporcionar a su empleador, su RFC, nombre completo, así como el código postal de su domicilio fiscal registrados ante el SAT.
Estos son los principales cambios de la factura 3.3 a 4.0
A partir del 01 de enero del 2022, el complemento de nómina versión 1.2 se integra con la versión 4.0 del CFDI con la revisión C, es importante mencionar que se cuenta con un periodo de convivencia con la versión 3.3 del CFDI el cual comprende del 1 de enero de 2022 al 30 de abril de 2022, siendo obligatorio a partir del 1 de mayo de 2022.
Los principales cambios son:
- Se homologa la forma de expresión del formato fecha conforme al Anexo 20 de los atributos Fecha-Pago, Fecha-Inicial-Pago, Fecha-Final-Pago y Fecha-Inicio-Rel-Laboral.
- Se eliminan las validaciones de la versión y forma de pago.
- Se incorporan las validaciones para la emisión del complemento con la versión 4.0 del CFDI, como Regimen Fiscal Receptor, ObjetoImp, A Cuenta Terceros, Informacion Aduanera, Cuenta Predial, Complemento Concepto, Parte.
- Como parte de la integración con el CFDI versión 4.0, se incorporan como requisitos obligatorios para la emisión del comprobante de nómina el RFC, nombre, régimen fiscal y código postal del domicilio fiscal del receptor.
Documentos técnicos del recibo de nómina versión 1.2 revisión C vigente a partir del 01 de enero del 2022:
Documentos técnicos del recibo de nómina versión 1.2 revisión B vigente hasta el 30 de abril de 2022:
Documentos técnicos del recibo de nómina versión 1.2 vigentes hasta 31 de enero del 2020:
Documentos técnicos del recibo de nómina, no vigentes:
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