¿TE TOCA?

¿Cuánto aguinaldo te toca si renuncias a tu trabajo? aquí los detalles

En caso de no recibir el pago del aguinaldo, podrás contactar a la Profeder e iniciar un proceso de reclamación

¿Renunciaste?.Aquí te decimos si te toca aguinaldoCréditos: Adobe Creative
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Estamos a pocas semanas de iniciar uno de los pagos más esperados por todas y todos los empleados formales, ya sea del sector privado o público, quienes están por recibir el ansiado pago del aguinaldo. Sin embargo, seguramente habrá situaciones en las que algunas personas por distintas razones están por renunciar o renunciaron antes de recibir su aguinaldo. 

Ante esta situación, aquí en Heraldo Binario te damos a conocer si las personas que renuncian a su trabajo recibirán aguinaldo o no, esto de acuerdo con información oficial de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Profedet). Checa toda la información al respecto y reclama tus derechos laborales. 

Para empezar es importante dejar en claro que el aguinaldo es una de las prestaciones laborales que la Ley Federal del Trabajo establece como obligatorias. De acuerdo con la misma Profedet, el aguinaldo deberá pagarse a las y los trabajadores antes del 20 de diciembre de cada año, de conformidad con el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.

¿Les toca aguinaldo a las personas que renuncian a su empleo? 

Según lo establecido por la misma instancia gubernamental, en general, dicha prestación laboral aplica para todas las personas trabajadoras que prestan sus servicios de manera subordinada a un patrón cuya relación de trabajo se rija por la Ley Federal del Trabajo.

Respecto a la duda de si podrán o no cobrar su aguinaldo aunque hayan renunciado a su actual empleo, la Profedet comenta lo siguiente: las personas trabajadoras que en la fecha de pago del aguinaldo no hayan cumplido un año de prestación de servicios, o cuya relación de trabajo termine antes de la fecha límite de pago del aguinaldo, les corresponde percibir la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hayan laborado en el año calendario, cualquiera que sea dicho tiempo, independientemente de que actualmente estén trabajando para una compañía distinta.

Entonces tenemos en conclusión que la cantidad que recibirán de aguinaldo será lo proporcional a los días laborados dentro de su empleo anterior, es decir al que renunciaron. En caso de no recibir dicho pago de su aguinaldo si renunciaron, podrán comunicarse a la Profedet al 800 717 2942 y 800 911 7877.

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