Con la época navideña, de FIN de AÑO y REYES MAGOS, es normal que se obsequien regalos, se organicen comidas y cenas decembrinas y demás gastos extraordinarios que las empresas hacen en esta época del año, pero, ¿el Servicio de Administración Tributaria (SAT) permite a las compañías y personas morales DEDUCIR IMPUESTOS por los presentes obsequiados en estas fechas?
El SAT tiene una regla clara para los obsequios y REGALOS que las empresas o personas morales hacen a terceros/clientes y es que éstos son DEDUCIBLES, siempre y cuando estén relacionados con la enajenación de productos o la prestación de servicios.
Es en el artículo 27, fracción I de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) en donde se consideran como GASTOS INDISPENSABLES aquellos que son estrictamente necesarios para los fines de la actividad del contribuyente. Así, las compañías podrán deducir los siguientes gastos decembrinos:
- Comidas/ cenas de Navidad y Fin de Año
- Obsequios para empleados (que usualmente se entregan en rifas/sorteos organizados por la empresa durante estas épocas del año).
- Adornos y ornamentos navideños, específicamente aquellos que sean colocados en zonas estratégicas de la empresa que reciba a clientes.
En la misma Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), en el artículo 28, fracción III se establece que todos los OBSEQUIOS y regalos a clientes son DEDUCIBLES, siempre y cuando estén relacionados con la enajenación de productos o la prestación de servicios.
¿Cómo puedo deducir los obsequios ante el SAT?
- Al comprar el regalo, solicita una CFDI (Factura electrónica) que ampare la compra del obsequio.
- Que el pago de obsequio sea por transferencia (pago con tarjeta de crédito/débito y/o cheque), nunca efectivo.
- Expediente y/o soporte documental de lista de los clientes, recibos de pago y cotización de obsequios.
Deducir los obsequios ante el SAT aplica por igual a personas físicas como morales con actividad empresarial y Servicios Profesionales.
NO APLICA si intentas deducir impuestos a los regalos que obsequies a tus seres queridos y familiares.
Sigue a Heraldo Binario en Google News, dale CLIC AQUÍ.