La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) se anota un punto a favor en la batalla legal que mantiene con la Afore Azteca, propiedad de Banco Azteca y del conocido empresario Ricardo Salinas Pliego, ya que hace un par de horas se dio a conocer la resolución que el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) fue en vista de negar el amparo que Afore Azteca tramitó de manera reciente.
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De acuerdo con la resolución del CJF, emitida por el Juez Primero de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, éste negó la solicitud de amparo que interpuso Afore Azteca hace un par de días, el alegato de Afore Azteca era evitar el tope de comisiones del 0.57% de las cuentas individuales de retiro que administra.
CONSAR gana batalla legal a Afore Azteca
Desde el pasado mes de octubre, la CONSAR anunció un cambio de metodología para calcular el cobro de comisiones que las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) ganaban en cada una de las cuentas administradas por su cartera. Incluso la misma Asociación Mexicanas de Afores (AMAFORE) lanzó un comunicado donde expresaba que desde su punto de vista, la mejor opción era disminuir las comisiones de manera paulatina y no de un momento a otro como la propuesta de la CONSAR tenía, por lo que invitaba a la instancia gubernamental a reconsiderar dicha decisión, de acuerdo con lo prevista en las Leyes para las Mejoras Regulatorias del país.
Sin embargo, la CONSAR no lo pensó dos veces y lanzó tal cual la modificación al tope de comisiones en 0.57% como máximo, Afore Azteca fue la única de las 10 Afores que interpuso algún recurso legal.
Con el amparo puesto en la mesa, esto abría la posibilidad a que una mayor cantidad de Afores tramitaran un recurso similar, sin embargo con la resolución hecha el día de hoy en contra de Afore Azteca, parece ser que esto le cierra la puerta a futuros amparos.
"...no es materialmente posible conceder la suspensión del tope a las comisiones porque se alteraría una situación jurídica que se ha generado con posterioridad a la solicitud de la medida cautelar, consistente en la autorización de una tarifa en favor de la quejosa, y la validez de esa nueva situación jurídica no necesariamente depende de los actos aquí impugnados de manera exclusiva"
Resolución CJF
Tra esto, Afore Azteca tiene un plazo de 10 días hábiles para revocar la decisión anunciada este jueves y apegarse a la nueva metodología de las comisiones de la CONSAR.
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