¿Te quedaste sin chamba recientemente pero quieres seguir cotizando en los seguros de invalidez y vida, así como en el seguro de retiro en edad avanzada y vejez? Con esta modalidad de pensión, podrás incorporarte a la Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio otorgada por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) con lo cual seguirás sumando semanas de cotización y recursos en tu cuenta individual para el retiro.
Además, el pago de las cuotas obrero patronales en la llamada modalidad 40 se lleva a cabo cada mes y corresponde al monto del salario con el que decidas cotizar, aunque no puede ser menor a aquel con el que se estaba inscrito en la fecha de la baja de tu último trabajo y no puede ser mayor al tope que marca el artículo 28 de la Ley del Seguro Social, el cual está establecido en hasta 50,000 pesos mexicanos.
¿Quiénes pueden acceder a la Modalidad 40 en la pensión IMSS?
La incorporación a la continuación voluntaria al régimen obligatorio la pueden efectuar las personas que cotizaron antes del 1 de julio de 1997, es decir, los trabajadores amparados por la Ley del Seguro Social de 1973, o bien aquellas que están sujetas a la ley del IMSS vigente.
También, se puede incorporar a la modalidad 40 los derechohabientes que han cotizado al menos 52 semanas en los últimos cinco años, toda vez que no hayan transcurrido cinco años desde la fecha en que se dio de baja ante el IMSS.
Hasta 50,000 pesos de pensión
Recuerda que el monto de la pensión, para quien cubre los requisitos señalados en la Ley del Seguro Social, dependerá del régimen de 1973 del número de semanas cotizadas, las cuales ascienden a 500 como mínimo, el salario promedio de cotización de las últimas 250 semanas cotizadas y la edad de retiro.
Ahora bien, para asegurados en el régimen de 1997, se requieren actualmente 750 semanas de cotización y al menos 60 años de edad, dependiendo el monto de la pensión del dinero acumulado en la cuenta individual, o si los recursos no son suficientes para alcanzar una pensión, el derechohabiente acceder a una pensión mínima garantizada, que se calculará con el salario promedio de toda la vida laboral, así como el número de semanas cotizadas.
¿Cómo saber cuántas semanas has cotizado en el IMSS?
Si quieres revisar el historial de tus periodos cotizados en el IMSS puedes descargar de manera sencilla e inmediata la Constancia de Semanas Cotizadas, solo necesitas tener a la mano tu número de seguridad social, CURP y un correo electrónico.
Ten en cuenta que la constancia te permite saber si cumples con las condiciones para darte de alta en la modalidad 40 de continuación voluntaria al régimen obligatorio, ya que te proporciona información del último patrón que te afilió en el Seguro Social y el salario con el que te registró, así como información detallada sobre tus aportaciones a lo largo de tu vida laboral, con lo cual podrás verificar si están registrados todos tus periodos de cotización y los salarios de cada uno.
Recuerda que, el trámite de incorporación a la continuación voluntaria al régimen obligatorio es gratuito y puede realizarse en las Subdelegaciones del IMSS o en línea, de una manera muy sencilla.
Para mayor información sobre el trámite para la contratación de la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatoria o para la obtención de la Constancia de Semanas Cotizadas, puedes consultar el sitio web del IMSS o puedes comunicarte al 800 6 23 23 23 de lunes a viernes en un horario de 08:00 a 20:00 horas de lunes a viernes, y sábados, domingos y días festivos de 08:00 a 14:00 horas.
¿Cómo inscribirme a la Continuación Voluntaria del IMSS en línea?
Para inscribirte en la modalidad 40 de la contunuación voluntaria para tu pensión debes dar CLIC ESTE ENLACE y capturar los siguientes datos:
-
CURP
-
Correo electrónico
-
Ingresar código Captcha
Sigue a Heraldo Binario en Google News, dale CLIC AQUÍ.