Si eres un contribuyente que fue sujeto a una multa por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrás solicitar que se te condonen las multas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 74 del Código Fiscal de la Federación (CFF) y a la Resolución Miscelánea Fiscal. Por ello, aquí te explicamos, PASO a PASO cómo hacer una solicitud de condonación de multas ante el SAT:
El contribuyente que solicite la condonación de multas ante el SAT podrá obtener la condonación de entre 20% y hasta el 100% de las multas que te fueron impuestas por la autoridad fiscal, siempre y cuando cumplas con los requisitos establecidos para cada caso.
¿Quiénes lo presentan?
- Personas físicas y morales que tengan a su cargo multas fiscales.
¿Tiene algún costo?
- Trámite gratuito.
¿Cuándo se presenta?
A partir del día siguiente a aquel en que tengas conocimiento de los importes de las multas, si te están practicando una auditoria, o bien, a partir del día siguiente a aquel en el que te sea notificada la resolución que contenga las multas fiscales.
Fundamento Legal
- Código Fiscal de la Federación, artículo 74.
- Resolución Miscelánea Fiscal, reglas de la 2.16.5 a la 2.16.16
PASO a PASO en LÍNEA
- Da clic en el botón "INICIAR"
- Ingresa a Mi Portal con tu RFC y contraseña
- Selecciona “Servicios por internet”, posteriormente seleccione la opción "Servicios o solicitudes", después "Solicitud" y finalmente selecciona el trámite "Condonación de Multas 74 CFF"
- Realiza la solicitud de condonación de multas y anexa el escrito de solicitud
- Conserva el acuse
- Espera respuesta del SAT a través de tu Buzón Tributario, o bien, a través del correo electrónico proporcionado
- Si omitiste señalar algún requisito en la solicitud, deberás solventar el requerimiento que te haga llegar la autoridad a través de tu Buzón Tributario o través del correo electónico proporcionado
- Recibe los Formatos de Contribuciones Federales para que realices tus pagos en caso de que la respuesta a tu solicitud sea positiva
PASO a PASO de manera PRESENCIAL
- Entrega la solicitud a la autoridad fiscal.
- Conserva el acuse de recepción.
- Espera respuesta del SAT.
- En caso de que la respuesta a tú solicitud sea positiva, recibirás los Formatos de Contribuciones Federales para que realices tus pagos.
Puntos a considerar:
Para efecto de que la resolución de condonación surta efectos, es necesario que cumplas con las condiciones establecidas para cada caso, como:
- Pagar en una sola exhibición y dentro del plazo concedido, el adeudo restante que no haya sido condonado.
- Si solicitaste al mismo tiempo, el pago a plazos, debes cumplir puntualmente con el pago de las parcialidades autorizadas.
- Toma en consideración que los días hábiles no incluyen los sábados, domingos y días festivos obligatorios.
Sigue a Heraldo Binario en Google News, dale CLIC AQUÍ.