La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) dio a conocer que de forma reciente varias Instituciones de Tecnología Financiera (ITF) fueron rechazadas en cuanto a su solicitud para operar bajo esta licencia, que se encuentra prevista dentro de la llamada Ley Fintech. Sin embargo, algunas de ellas han desobedecido dicha rechazo y han seguido operando aún sin el amparo de dicha Ley, por lo que mencionan que son un riesgo para las finanzas y la economía de los usuarios de servicios y productos financieros.
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¿Cuáles son las entidades que fueron multadas o rechazadas para operar como Fintech?
De acuerdo con El Economista, las entidades que recibieron sanciones y la negativa para operar como Instituciones de Tecnología Financiera son:
- Pretailers
- Mibo (Truu Innovation)
Estas dos empresa del giro financiero solicitaron su autorización como instituciones de fondos de pago electrónico (IFPE), la cual les fue negada por la CNBV, al no cumplir con algunos de los requisitos de la llamada Ley Fintech.
Por otro lado, hay que recordar que la Fintech Albo categorizada como una aplicación móvil para la administración de pagos en espera de su autorización como fondos de pago electrónico, dentro de sus operaciones ofrecía el servicio de intercambio de criptomonedas, por lo que en octubre del 2021 se hizo acreedora a una multa de 9.1 millones de pesos también por parte de la CNBV, sin que esto signifique el cese de sus operaciones.
¿Qué deben cumplir para obtener licencia como Fintech?
De acuerdo con la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera en su última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2021, estos son los rubros o requisitos mínimos para su operación como ITF:
Requisitos de entrada:
- Solicitar autorización ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para comenzar a operar.
- Presentar a sus accionistas y administradores el aviso de operaciones.
- Contar con capital mínimo para operar y por activos sujetos a riesgo.
- Deben constituirse legalmente como sociedades anónimas (S.A.).
Requisitos para operar:
- Controles internos y administración de riesgos.
- Seguridad de la información y continuidad de la operación.
- Límites de operación por cada cliente.
Para protección al consumidor:
- Divulgación de riesgos y responsabilidades.
- Confidencialidad de la información.
- Separar los recursos propios de los ingresados por sus clientes.
De supervisión:
- Las instancias encargadas de su supervisión serán la CNBV, Banxico y la CONDUSEF.
- Deberán de cumplir con un marco de prevención de lavado de dinero.
- Se establecen sanciones, delitos, multas, suspensiones y revocaciones.
- Se deberá contar con auditores externos independientes.
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