JORNADA LABORAL

Jornada laboral: ¿Me pueden despedir si llego tarde al trabajo por el tráfico y manifestaciones?

Esto dice la ley en México sobre los retardos y sus efectos sobre los trabajadores en sus relaciones laborales con las empresas

Jornada laboral: ¿Me pueden despedir si llego tarde al trabajo por el tráfico y manifestaciones?Créditos: Heraldo Binario / Canva
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La jornada laboral en México se ha visto impactada en los últimos años por un aumento en manifestaciones, bloqueos y protestas sociales que afectan de forma directa la movilidad en distintas ciudades. Esta situación genera incertidumbre tanto en trabajadores como en empresas, especialmente cuando los retrasos se vuelven recurrentes y coinciden con horarios de entrada establecidos en la jornada laboral.

Ante este panorama, muchos trabajadores se preguntan si pueden ser sancionados o incluso despedidos por llegar tarde debido a causas externas como manifestaciones. Para las empresas, el cumplimiento de la jornada laboral es un elemento clave de la disciplina interna, pero también existe la obligación de actuar conforme a la ley y respetar los derechos de los trabajadores, aun cuando se presenten circunstancias ajenas a su voluntad.

Foto: Cuartoscuro

¿Pueden despedirte por llegar tarde al trabajo por manifestaciones?

La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece reglas claras sobre la jornada laboral, las obligaciones de los trabajadores y las facultades de las empresas para sancionar incumplimientos. De acuerdo con esta ley, los retardos ocasionales no constituyen por sí mismos una causa directa de despido. Es decir, llegar tarde una vez, incluso dentro de la jornada laboral, no justifica automáticamente la rescisión del contrato.

Sin embargo, la situación cambia cuando los retrasos se vuelven frecuentes. El artículo 47 de la LFT permite a las empresas despedir de manera justificada a los trabajadores que acumulen más de tres faltas injustificadas en un periodo de 30 días. Aunque un retardo no es una falta en sentido estricto, muchos reglamentos internos de empresas establecen que varios retardos dentro de la jornada laboral equivalen a una falta.

Esto significa que, si un trabajador llega tarde de forma constante, aun cuando sea por manifestaciones, y la empresa tiene documentado en su reglamento que esos retardos se contabilizan como faltas, el despido podría ser legal. Para que esto proceda, las empresas deben cumplir con los requisitos formales: notificar por escrito al trabajador, especificar la causa, la fecha y las circunstancias que motivan la rescisión de la jornada laboral.

En cuanto a las manifestaciones, estas pueden considerarse una causa de fuerza mayor que justifique el retraso dentro de la jornada laboral, pero no de forma automática. Los trabajadores deben informar lo antes posible a sus superiores y, de ser necesario, aportar pruebas como notas informativas, alertas viales o material audiovisual. El reconocimiento de esta justificación dependerá del criterio de las empresas y de lo establecido en su reglamento interno.

Cuando los retrasos por causas externas se repiten, las empresas pueden iniciar procedimientos disciplinarios graduales contra los trabajadores, siempre respetando la LFT. Estas medidas pueden ir desde amonestaciones hasta suspensiones temporales. Solo en casos extremos, cuando se acumulan más de tres faltas injustificadas relacionadas con la jornada laboral, podría proceder el despido. La ley también es clara en señalar que no se pueden aplicar descuentos salariales arbitrarios por llegar tarde, lo que protege a los trabajadores frente a abusos.

Preguntas frecuentes

¿Llegar tarde una vez por una manifestación justifica un despido?

  • No. Un retardo aislado dentro de la jornada laboral no es causa directa de despido para los trabajadores.

¿Las empresas pueden considerar varios retardos como faltas?

  • Sí, siempre que esté establecido en su reglamento interno y se aplique conforme a la LFT durante la jornada laboral.

¿Qué deben hacer los trabajadores si llegan tarde por bloqueos?

  • Avisar de inmediato, documentar el hecho y solicitar que el retraso en la jornada laboral sea justificado ante la empresa.

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