REFORMA LABORAL

Reforma Laboral: por ley, jornada de trabajo excesiva será delito de explotación laboral en México

Según el artículo 61 de la LFT, la jornada laboral diaria debe ser de 8 horas, tiempo que en muchas empresas se sobrepasa.

Por ley, la jornada laboral diaria en México es de 8 horas.Créditos: Spark
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La Ley Federal del Trabajo (LFT), dentro de su artículo 61, establece claramente que la jornada laboral diaria debe ser de 7,7 horas y media u ocho horas, según el horario en el que el empleado trabaje, pero no debe rebasar ese tiempo, así como tampoco las 48 horas por semana que aún siguen vigentes en México. Sin embargo, esto pocas veces sucede, haciendo que millones de trabajadores formales laboren largos periodos de tiempo, provocándoles un estrés agudo, así como malestares físicos y emocionales, y sin que esa prolongación de tiempo sea remunerada. Ante esto, la Cámara de Diputados aprobó una reforma de ley contra la trata de personas y la cual incluye y reconoce la jornada laboral excesiva como explotación laboral

Con esta reforma se establece que las jornadas de trabajo que rebasen las 48 horas a la semana podrán ser castigadas hasta con 12 años de cárcel, dada su tipificación, ajuste avalado que se dio durante los recientes foros del Parlamento Abierto suscitado en San Lázaro, con motivo de la reducción de dicha jornada para que sea de 40 horas por semana.

Fue durante la sesión del pasado 25 de octubre cuando en el pleno de la Cámara Baja se avalaron las modificaciones a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia de Víctimas de estos Delitos, misma que se aprobó por unanimidad y que ahora se encuentra en el Senado de la República para su análisis. 

Una de las cosas que destacan del dictamen recientemente aprobado por los diputados gira en torno a los factores que contribuyen en la situación vulnerable de millones de trabajadores en México, entre los que se encuentran el desempleo, la pobreza, la discriminación, violencia, desigualdad y flujos migratorios. 

El dictamen recientemente avalado dio paso a un ajuste al artículo 21 de la ley contra la trata, por lo que ahora las sanciones o castigos para quien incurra en este delito serán de 3 a 10 años de prisión, así como de 5,000 a 50,000 días de multa. 

Al día de hoy la ley reconoce tres formas de explotación laboral en México: trabajar en condiciones peligrosas o insalubres y sin protección básica, cuando la cantidad de trabajo que se realiza y el pago o remuneración que se recibe por eso son desproporcionados, y laborar con un salario por debajo de lo legalmente establecido. 

Ahora, tras la reforma a dicha ley, se añade una cuarta forma de explotación laboral enfocado en jornadas de trabajo por encima de lo que la LFT establece en su artículo 61. Y cuando ese delito se haya cometido en contra de personas indígenas o afromexicanas, las penas serán de 4 a 12 años de prisión.

México, de los países que más trabajan al año en el mundo

De los miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), México es el país que más tiempo trabaja, registrando hasta 2,226 horas laboradas al año, cifra que está muy por encima del promedio de 1,752 horas anuales de las naciones que forman parte de la organización. 

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), alrededor de 15 millones de mexicanos trabajan más de 48 horas a la semana, es decir, aproximadamente un 26% de la población económicamente activa del país. Y de ese total, 5.1 millones de personas superan las 11.2 horas diarias de jornada laboral.

Uno de los casos en los cuales un patrón o empleador no estaría incurriendo en un delito de explotación laboral es cuando él y su empleado acuerden el trabajo extra, el cual tiene que estar acompañado de un pago al 100% de su salario por hora extra y que está definido en los artículos del 66, 67 y 68 de la Ley Federal del Trabajo.

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