¿HAY CONSECUENCIAS?

¿Qué pasa si soy PENSIONADO o JUBILADO y vuelvo a trabajar?

Estas son las consecuencias de volver a incorporarte a la vida laboral o volver a trabajar después de haber iniciado un proceso de jubilación o pensión

¿Qué pasa si TRABAJO después de JUBILARME?Créditos: Especial Heraldo Binario
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Para algunos, la transición de la vida laboral a la jubilación es un proceso que no implica un retiro total. Si eres de los trabajadores que tendrán su pensión del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) bajo la Ley 73, te encuentras en una posición donde puedes contemplar la opción de volver a trabajar para mejorar tus ingresos durante la jubilación. Sin embargo, esta decisión conlleva condiciones y restricciones. Aquí te informamos sobre las condiciones que debes cumplir y las limitaciones si vuelves a trabajar.

La reincorporación al ámbito laboral después de recibir la pensión del IMSS bajo la Ley 73 está sujeta a los siguientes requisitos. Para empezar, el jubilado debe esperar al menos 6 meses desde la fecha de su jubilación antes de confirmar su regreso al trabajo.

Además, el pensionado no puede retomar el mismo puesto que ocupaba antes de su retiro, y su salario no puede exceder el 50% de lo que ganaba previamente. Esto implica asumir una nueva cotización con características distintas a las anteriores.

¿Qué pasa si TRABAJO después de JUBILARME?

¿Aumentarán tus cotizaciones si regresas a laborar?

Es importante destacar que, una vez que se cumplan los requisitos mencionados anteriormente y se reintegren al mundo laboral, los pensionados ya no cotizarán bajo la Ley 73 del IMSS. Según el artículo 196 de la Ley del IMSS, aquellos que regresan al régimen obligatorio ya no realizarán cotizaciones bajo la Ley 73, ni las de los seguros de invalidez y vida.

Este cambio en la cotización significa que los jubilados estarán sujetos a la Ley de 1997 al reincorporarse. Como resultado, es necesario abrir una cuenta de Afore para acumular un saldo a favor. Este saldo puede ser transferido o retirado. Es importante tener en cuenta que las cuotas por maternidad, invalidez y vida ya están cubiertas por la pensión, por lo que no se descontarán de su salario al volver al trabajo.

¿Qué pasa si TRABAJO después de JUBILARME?

De esta manera puedes mejorar tu pensión

Antes de considerar la reincorporación laboral, existe una opción para mejorar el cálculo de la pensión. La Modalidad 40 del IMSS es un programa que permite a los futuros pensionados bajo la Ley 73 mejorar el promedio salarial de los últimos 5 años e incrementar el número de semanas cotizadas.

Puedes registrarte en línea. Para completar este trámite en línea, debes proporcionar tu CURP, Número de Seguridad Social y correo electrónico en https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/portal-ciudadano-web-externo/home. Esta alternativa brinda la posibilidad de optimizar las condiciones de jubilación sin recurrir a la reintegración laboral posterior al retiro.