PRESTACIONES

¿Quién tiene derecho de recibir las prestaciones de un trabajador fallecido?

El proceso de designación de beneficiarios comienza cuando un empleado, activo o no, fallece. Las causas pueden ser dversas

¿Quién tiene derecho de recibir las prestaciones de un trabajador fallecido?Créditos: Adobe-Gobierno
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El proceso de designación de beneficiarios comienza con el fallecimiento de un empleado y permite a los beneficiarios (esposa, pareja, hijos, padres, etc.) ejercer sus derechos y reclamar los beneficios proporcionados dentro de la empresa por el fallecido. Estos beneficios incluyen la devolución de ahorros para el retiro si no tienes derecho a pensiones (SAR y Afores), el retiro de fondos de la subcuenta de vivienda del INFONAVIT si no se destinan a vivienda, etc. El caso se está tramitando actualmente en el Tribunal Laboral, que es competencia de la federación. Este caso y todos los demás fueron vistos en el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje antes de que el 1 de mayo de 2019 se anunciara la reforma laboral más importante en México en 100 años.

Los ascendientes a menos que se pueda probar que no dependían económicamente del trabajador. Si no hay cónyuge supérstite, se trata de la persona con quien el empleado vivió como si fuera cónyuge durante los cinco años inmediatamente anteriores al fallecimiento o con quien el empleado tuvo hijos (personas enumeradas en los dos párrafos anteriores). Mientras vivieron juntos, ambos permanecieron solteros.

A falta de cónyuge, hijo o pariente supérstite, la persona que dependía económicamente del trabajador debe estar acompañada de una persona que reúna los requisitos señalados en el párrafo anterior. El proceso de designación de beneficiarios comienza cuando un empleado, activo o no, fallece. Las causas de muerte fueron:

  • Accidente de trabajo.
  • Por enfermedad sistémica.

¿Quién puede ser beneficiario?

De acuerdo con el artículo 501 del Código Federal del Trabajo, tienen derecho a indemnización en caso de muerte: Viuda o Viuda. niños menores de 16 años y mayores si tienen una discapacidad del 50 por ciento o más. Los ascendientes participan con las personas enumeradas en el párrafo anterior, a menos que se pueda probar que no dependían económicamente del trabajador.

Si no hay cónyuge supérstite, se trata de la persona con quien el empleado vivió como si fuera cónyuge durante los cinco años inmediatamente anteriores al fallecimiento o con quien el empleado tuvo hijos (personas enumeradas en los dos párrafos anteriores). Mientras vivieron juntos, ambos permanecieron solteros.

A falta de cónyuge, hijo o pariente supérstite, la persona que dependía económicamente del trabajador debe estar acompañada de una persona que reúna los requisitos señalados en el párrafo anterior. En ausencia de las personas mencionadas en el párrafo anterior, el Instituto Mexicano del Seguro Social.

¿Qué beneficios puede reclamar de la empresa para la que trabajó?

Si el empleado fallecido trabajó para usted durante su vida, sus beneficiarios pueden solicitar el pago de Beneficios:

  • Pago de vacaciones y feriados devengados y no pagados.
  • Bono si se genera pero no se paga.
  • Pago de salarios devengados pero no compensados.

 

Pago de bonificación de antigüedad conforme al artículo 162 del Código Federal del Trabajo.Además de las indemnizaciones especiales si existe convenio colectivo dentro de la empresa, las siguientes: B. Fondos de ahorro, seguros de vida, incentivos a la puntualidad y asistencia, etc.

Para el pago de estos beneficios conforme al artículo 516 del Código Federal del Trabajo, el beneficiario de los beneficios tiene un año a partir de la fecha del fallecimiento del empleado para reclamar los beneficios.

¿Qué servicios puedo solicitar del INFONAVIT?

Fondo de Ahorro INFONAVIT.  Si un empleado fallecido invirtió un fondo de ahorro entre 1972 y 1992 y no lo presentó, el beneficiario tiene derecho a exigir el pago. El plazo de pago es de cinco años a partir de la fecha del fallecimiento del trabajador fallecido. Si el empleado fallecido tenía una hipoteca, sus beneficiarios pueden solicitar la condonación del préstamo y la cancelación del gravamen.