Las nuevas generaciones como son los millennials y centennials, crecimos con una cultura diferente a la hora de trabajar, y es que muchos de nosotros optamos por trabajos independientes (freelance) para poder realizar varios proyectos y tener más de un ingreso mensual. En Heraldo Binario te detallamos qué pasa si tienes dos trabajos al mismo tiempo ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y si te pueden o no despedir por optar por el pluriempleo.
El pluriempleo en México es cuando una persona tiene más de una fuente laboral y esta tendencia se da más en generaciones jóvenes, para muestra, 3 de cada 10 personas de entre 25 a 35 años cuentan con más de un ingreso mensual y lo primero que tienes que saber es que NO es ilegal, pero sí debes informar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) de todas tus actividades de trabajo para que no te metas en ningún lío fiscal.
Respecto al IMSS, sí es posible que una persona esté laborando para dos trabajos, y con ello tenga dos patrones, pero ambas actividades de trabajo aparecerán como un solo registro del trabajador, y ambos salarios se sumarán al momento de pagar los correspondientes impuestos al SAT.
Y es que, si bien es cierto que los trabajadores que ganan menos de 400,000 pesos al año son responsabilidad del patrón, cuando una persona en México tiene dos fuentes de empleo no sólo deberá informar al fisco mexicano de cada uno de esos empleos, sino que las declaraciones mensuales, anuales y el pago de impuestos serán entera responsabilidad del trabajador, por lo que éste deberá solicitarles a sus patrones las constancias de retenciones y percepciones.
Entre las ventajas de que un trabajador en México preste servicios laborales para dos empresas está la posibilidad de adquirir una vivienda a través del Infonavit. Además de que podrá contar con un fondo de ahorro para su retiro.
¿Qué personas tienen que presentar sus declaraciones mensuales y anuales por cuenta propia ante el SAT?
En los siguientes supuestos, estas son las personas que deberán presentar su declaración anual por cuenta propia ante el fisco mexicano:
- Si obtuviste ingresos mayores a 400,000 pesos en el año.
- Si trabajaste para dos o más patrones en el mismo año, aun cuando no hayas rebasado los 400,000 pesos
- Si solicitaste por escrito a tu patrón que no presente tu Declaración Anual.
- Si dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate.
- Si prestaste servicios por salarios a personas que no efectúan retención como embajadas u organismos internacionales.
- Si obtuviste otros ingresos acumulables (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros) además de salarios.
- Si percibiste ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral.
- Estas exento de presentar Declaración Anual, si te ubicas en cualquiera de los siguientes supuestos:
- Obtuviste ingresos exclusivamente por salarios de un solo patrón (incluso si dichos ingresos rebasaron los $400,000.00 pesos), siempre que te haya emitido CFDI de nómina por la totalidad de los ingresos y no te resulte impuesto a cargo en la declaración anual.
- Obtuviste ingresos por salarios y también por intereses nominales que no hayan excedido de $20,000.00 de Instituciones que componen el Sistema Financiero.
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