Durante el inicio de las vacaciones de Semana Santa 2022 se registró una gran afluencia de pasajeros en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), lo que provocó el retraso de, al menos, 340 vuelos de las distintas aerolíneas que despegan desde la CDMX. Ante esta situación, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) te dice a qué compensaciones tienes derecho si es que vas a viajar en avión y esto te llega a ocurrir.
Este 8 de abril, aerolíneas como Volaris y Viva Aerobús presentaron vuelos con retraso de hasta cuatro y cinco horas. Por esta razón te conviene checar las recomendaciones de la Profeco para que conozcas tus derechos en caso de que seas uno de los afectados por las demoras en los vuelos.
¿A qué compensaciones tengo derecho si se retrasa mi vuelo?
Desde el 8 de noviembre de 2017, de acuerdo con la Ley de Aviación Civil y la Ley Federal de Protección al Consumidor, las aerolíneas están obligadas a compensar a los usuarios por retrasos de más de dos horas o cancelaciones en sus vuelos.
Según la Profeco, aunque existen variaciones de acuerdo a las políticas de cada aerolínea, las compensaciones que puedes exigir son las siguientes:
En caso de que el vuelo se retrase una o dos horas
- Acceso a llamadas telefónicas y correos electrónicos
- Cupón de descuento del 5% del precio pagado por el boleto
En caso de que el vuelo se retrase de dos a cuatro horas
- Acceso a llamadas telefónicas y correo electrónico
- Un reembolso del 7.5% del boleto pagado
- Cupones de comida para los usuarios que van desde los $100 a los $150 pesos, en restaurantes donde la compañía tenga convenios
En caso de retraso de más de cuatro horas o cancelación del vuelo
- Transporte sustituto a tu destino o una fecha alternativa que convenga al pasajero con 25% de descuento.
- Protección en el primer vuelo disponible, acceso a medios de comunicación y alimentos de acuerdo con el tiempo de espera.
- Alojamiento en caso de esperar un nuevo vuelo
- Transporte Aeropuerto-Hotel-Aeropuerto
- Devolución del precio costo del boleto o proporción que corresponda a la parte no realizada del viaje, e indemnización de 25% del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje
Aunque existen algunas variaciones mínimas entre las aerolíneas respecto al porcentaje de reembolso o algunas condiciones de hospedaje y transporte, todas estas empresas están obligadas por ley a compensar a los pasajeros afectados por el retraso o cancelación de su vuelo.
Si vas a viajar en estas vacaciones de Semana Santa, ten presente que es tu derecho como consumidor recibir estas compensaciones por parte de las aerolíneas. Si quieres conocer más información al respecto puedes consultar la página de la Profeco en este ENLACE.
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