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Reparto de Utilidades 2026: Estos son los trabajadores que no recibirán el pago

La legislación mexicana contempla excepciones claras sobre quiénes son los empleados que no son elegibles para recibir el pago de dicha prestación

Con la llegada de mayo, arranca en México uno de los procesos más esperados del calendario laboral: el Reparto de Utilidades 2026.Créditos: Heraldo Binario / Canva
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Con la llegada de mayo, arranca en México uno de los procesos más esperados del calendario laboral: el Reparto de Utilidades 2026 (PTU). Esta prestación, establecida en el artículo 123 de la Constitución Política y regulada por la Ley Federal del Trabajo (LFT), es un derecho irrenunciable para la mayoría de los trabajadores

Sin embargo, la legislación mexicana contempla excepciones claras sobre quiénes son los empleados que no son elegibles para recibir el pago de dicha prestación.

No hay pago de esta prestación para trabajadores de jerarquía

El primer grupo que no recibirán el Reparto de Utilidades 2026 son aquellos trabajadores de jerarquía superior dentro de la estructura de una empresa.  Es decir, se encuentran excluidos:

  • Directores generales, administradores y gerentes de alto nivel.
  • Socios o accionistas de las empresas.
Trabajadores de jerarquía superior dentro de la estructura de una empresa no forman parte del Reparto de Utilidades 2026. Foto: Heraldo Binario.

Tampoco recibirán Reparto de Utilidades ciertos trabajadores eventuales

Otro criterio fundamental para recibir el pago es el tiempo laborado durante el año fiscal, que en este caso corresponde a 2025. Los trabajadores eventuales que hayan prestado sus servicios por menos de 60 días en todo el año —ya sea de forma continua o discontinua— quedan automáticamente fuera del Reparto de Utilidades en 2026.

Es importante aclarar que los empleados de base con contrato por tiempo indeterminado sí tienen derecho al PTU desde su primer día de trabajo, pero para los eventuales, la LFT establece este mínimo de 60 días como requisito de antigüedad.

La prestación no aplica para trabajadores independientes

Adicionalmente, el Reparto de Utilidades 2026 no aplica para personas que no tengan una relación laboral subordinada. Esto incluye a los profesionales, técnicos y otros trabajadores que presten sus servicios mediante el pago de honorarios (freelancers) o bajo un contrato civil, pues no se les considera empleados subordinados bajo el mando directo de un patrón. 

Tampoco participan las personas trabajadoras del hogar, quienes cuentan con su propio esquema de derechos laborales pero no están incluidos en la participación de las utilidades empresariales. 

El Reparto de Utilidades 2026 no aplica para personas que no tengan una relación laboral subordinada. Foto: Freepik.

Para otorgar el pago, la empresa no debe haber tenido pérdidas económicas

Finalmente, es vital recordar que para que exista un Reparto de Utilidades, es condición que la empresa haya generado una ganancia neta en su declaración anual ante el SAT. Si una compañía reportó pérdidas, no habrá monto a distribuir entre sus trabajadores, incluso entre aquellos que cumplen con todos los requisitos. 

Para los patrones (personas morales), la fecha límite para cumplir con este pago en 2026 es el 30 de mayo, mientras que para los trabajadores que laboran para una persona física, el plazo se extiende hasta el 29 de junio.

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