FINANZAS PERSONALES

SAT: ¿Quiénes están exentos de activar su Buzón Tributario en 2026?

El SAT aclara qué contribuyentes no están obligados a habilitar el Buzón Tributario en 2026.

El Buzón Tributario es el canal oficial del SAT para notificaciones fiscales.Créditos: Freepik / Canva
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El Buzón Tributario es el principal canal de comunicación entre el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y las personas contribuyentes.

A través de esta herramienta digital, la autoridad fiscal notifica actos administrativos, requerimientos y resoluciones con validez legal.

Aunque su activación es obligatoria desde 2020, para 2026 el SAT mantiene supuestos de excepción y una prórroga en la aplicación de sanciones, lo que ha generado dudas entre contribuyentes sobre quiénes deben habilitarlo y quiénes pueden optar por no hacerlo sin consecuencias inmediatas.

Créditos: archivo Heraldo Binario

¿Quiénes están exentos de activar el Buzón Tributario en 2026?

De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación y la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, no están obligadas a habilitar el Buzón Tributario las personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica o con actividades suspendidas ante el RFC; en estos casos, la activación es opcional.

También pueden prescindir de habilitarlo las personas morales con suspensión de actividades y quienes tengan su situación fiscal cancelada en el RFC.

Asimismo, las personas físicas que tributen únicamente por ingresos por salarios y que hayan percibido menos de 400,000 pesos en el ejercicio inmediato anterior pueden optar por no activarlo, conforme a los artículos y reglas aplicables de la Miscelánea Fiscal.

¿Cuándo sí es obligatorio y qué pasa si no se activa?

El SAT establece que el Buzón Tributario sí es obligatorio cuando el contribuyente realiza trámites que requieren este medio de comunicación o cuando ha emitido CFDI de ingresos o recibido CFDI de nómina en los últimos 12 meses.

En estos supuestos, no habilitarlo puede derivar en notificaciones por estrados y pérdida de plazos para defenderse.

En cuanto a sanciones, la autoridad fiscal informó que las multas por no habilitar o actualizar el Buzón Tributario —que van de 3,850 a 11,540 pesos— se aplicarán a partir de enero de 2027.

Especialistas fiscales recomiendan no esperar al último momento, ya que una notificación no atendida puede tener consecuencias legales y financieras aun sin que el contribuyente se entere oportunamente.

Preguntas frecuentes

  • ¿Es obligatorio el Buzón Tributario en 2026 para todos?

No. Existen excepciones para personas sin actividad, con suspensión o con ingresos por salarios menores a 400,000 pesos.

  • ¿Cuándo comienzan las multas por no habilitarlo?

A partir del 1 de enero de 2027, según la Resolución Miscelánea Fiscal.

  • ¿Se puede dar de baja el Buzón Tributario una vez activado?

No. Una vez habilitado, permanece activo conforme al Código Fiscal de la Federación.

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