TRÁMITES EN MÉXICO

¿Qué pasa con una cuenta bancaria tras el fallecimiento del titular y cómo evitar heredar deudas?

En caso de fallecimiento de una persona los familiares deben hacer un trámite para cancelar la cuenta y disponer de los recursos, esto es lo que debes saber en caso de que atravieses esta situación

¿Qué pasa con una cuenta bancaria tras el fallecimiento del titular y cómo evitar heredar deudas?.Créditos: Freepik
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Una de las dudas frecuentes en cuanto a finanzas personales es qué se debe hacer con las cuentas bancarias de un familiar fallecido. Y es que es importante que las personas en México conozcan el protocolo a seguir para evitar futuros problemas o incluso reclamar los fondos existentes en estas, aunque muchos desconocen cómo pueden comenzar con los trámites.

Hay que aclarar que cada país tiene sus propias regulaciones en cuanto a cómo proceder y las acciones de los beneficiarios,  pues implica trámites legales y financieros que pueden generar algunas incertidumbres y preguntas con respecto a deudas pendientes y si los familiares deben hacerse cargo de ellas y pagarlas con su propio dinero. Sin embargo, existen pasos seguros para realizar en caso del fallecimiento de una persona.

Según el portal de BBVA, existen maneras de conocer de quién es una cuenta bancaria y quiénes son sus beneficiarios. El proceso puede ser más o menos flexible o complicado dependiendo del país a tratar y del caso en concreto, pues si no se cuenta con el nombre del titular de la cuenta, se debe comenzar con una investigación judicial, pero en caso contrario, las personas deben realizar algunos procedimientos.

¿Qué hacer con la cuenta bancaria de un fallecido?

Los familiares pueden realizar un trámite para cancelar la cuenta bancaria y disponer de los fondos de la cuenta / Créditos: Freepik

Los bancos no cuentan con una red o procedimiento sistemático que les avise qué personas han fallecido; sin embargo, si no se detectan movimientos en la cuenta del titular después de 6 años, los recursos pasan a manos de la beneficencia pública. Es por ello que es importante que los familiares de la persona fallecida hagan un reclamo y cancelen la cuenta del titular tan pronto sea posible y atiendan las situaciones con respecto a las posibles deudas que tenga la persona ya fallecida.

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) posee un sistema de consulta para quienes desean resolver dudas con respecto a los titulares de cuentas bancarias de ahorro, cheques o inversiones que hayan fallecido y de quienes son sus beneficiarios.

La investigación se  realiza a través de la Asociación de Bancos de México y se da una respuesta no mayor a 60 días naturales; por lo que los familiares deberán acudir a la subdelegación más cercana para elaborar una solicitud de beneficiarios y presentar los siguientes documentos:

  • Copia del acta de defunción del titular
  • Una identificación vigente (tanto del familiar fallecido como de quien solicita la cancelación)
  • Acta de nacimiento o matrimonio para comprobar el parentesco

El trámite puede variar según la institución bancaria, pero la documentación que se solicita siempre es similar; es por ello que se pide a todos los usuarios realizar el protocolo para poder iniciar con el trámite y poder acceder a los recursos de las cuentas bancarias.

Se advierte que no es un delito sacar recursos de la cuenta bancaria de un familiar fallecido, pero que en caso de que la cuenta de banco tenga más de 70 mil pesos, se requerirá tramitar una sucesión testamentaria o intertestamentaria con aceptación del cargo y toma de protesta del albacea.

¿Y qué pasa con las deudas? 

Las deudas bancarias pueden condonarse dependiendo de qué tiepo sean / Créditos Freepik

De acuerdo a  BBVA, las deudas en tarjeta de crédito bancario tienen como beneficio la liberación del saldo deudor por fallecimiento con un máximo total del límite de crédito de la tarjeta o el saldo insoluto de la cuenta. Este seguro cubre los adeudos realizados hasta el momento del fallecimiento, por lo que todas las compras realizadas con tarjetas adicionales posteriores a la muerte del titular no son consideradas, ni eximidos de pagos que estos generen.

En el caso de los créditos hipotecarios, estos cuentan con un seguro de vida que cubre la deuda y libera a los beneficiarios de las obligaciones contraídas por el deudor, siempre que los pagos de las mensualidades se encuentren al corriente al momento del fallecimiento. Estos seguros no tienen restricciones por muerte accidental o enfermedad, pero no cubren  el suicidio. 

En caso de que el crédito haya sido conyugal de instituciones como el Fovissste o Infonavit, se especifica que el seguro solo cubrirá una parte proporcional del adeudo total de quien fallece. Por ejemplo, si cada uno aportó el 50% del valor de la propiedad, el seguro cubrirá ese porcentaje de la persona fallecida, mientras que el resto de la deuda seguirá vigente. 

Caso similar ocurre con los créditos automotrices, en el que se recomienda notificar de manera inmediata a la compañía de seguros. Esta deberá cubrir  y liquidar el adeudo a la institución financiera con la que se tenga el crédito.

Preguntas frecuentes

¿Las deudas se heredan en México cuando una persona fallece?

No. En México las deudas no se heredan de forma automática. Los familiares no están obligados a pagar las deudas del fallecido con su propio dinero, salvo en casos muy específicos.

¿Qué sucede si firmé como aval o deudor solidario?

En ese caso, sí existe obligación de pago. El aval o deudor solidario responde por la deuda, incluso si el titular fallece.

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