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SAT: Si no realizas este trámite antes del 15 de mayo podrías recibir multa de hasta 173 mil pesos

Con multas de miles de pesos, el SAT busca que un mayor número de contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales

SAT: Si no realizas este trámite antes del 15 de mayo podrías recibir multa de hasta 173 mil pesosCréditos: Heraldo Binario / Canva
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 El Servicio de Administración Tributaria (SAT) mantiene activos sus mecanismos de vigilancia para garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales correspondientes al ejercicio 2024. Como cada año, se estableció un calendario con fechas límite para distintos trámites fiscales, varios de los cuales implican una revisión detallada de la situación financiera de los contribuyentes. Es por ello, que para este 15 de mayo debes estar al corriente en tus trámites o podrías recibir una multa por miles de pesos.

A medida que se aproxima el cierre de algunos plazos clave, el SAT reiteró la importancia de cumplir con ciertos procedimientos que, aunque rutinarios, representan un componente esencial en la fiscalización y supervisión de las actividades económicas. Esta etapa del año es crítica para empresas y contribuyentes con actividad empresarial, quienes deben prestar atención a las obligaciones formales para evitar las multas impuestas por la autoridad hacendaria.

Si no realizas este trámite antes del 15 de mayo podrías recibir multa de hasta 173 mil pesos

Entre estas obligaciones que provocan multas si no se presentan antes del 15 de mayo, se encuentra la presentación del dictamen de estados financieros, una gestión que debe ser realizada exclusivamente por un contador autorizado. Este dictamen permite emitir una opinión profesional sobre la naturaleza, el alcance y el resultado de la situación financiera del contribuyente, lo cual facilita el trabajo de revisión por parte del SAT.

Deben presentar este documento quienes se ubiquen en alguno de los supuestos definidos por la legislación fiscal. Es por ello que, no todos los contribuyentes deberán cumplir con este trámite y por ello, podrán estar a salvo de la multa pecuniaria que impone el SAT a aquellas personas morales con actividades empresariales dentro de nuestro país en el último año fiscal. 

Destacan las empresas que, en el ejercicio fiscal anterior, hayan tenido ingresos iguales o superiores a 1,855 millones 919,380 pesos; las que tengan acciones colocadas en la bolsa de valores; aquellas con ingresos acumulables que superen los 157 millones 785,270 pesos; las que posean activos superiores a los 124 millones 650,380 pesos; o bien, aquellas que hayan contado con al menos 300 trabajadores en cada mes del ejercicio fiscal declarado.

El SAT advierte que, a partir del 15 de mayo, quienes no hayan cumplido con esta obligación podrían ser objeto de sanciones económicas. Las multas van desde los 17,330 pesos hasta los 173,230 pesos, dependiendo de la gravedad de la omisión y otras condiciones particulares del contribuyente. La autoridad fiscal recordó que el dictamen debe presentarse dentro del plazo establecido para evitar consecuencias legales y financieras.

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