La temporada decembrina inicia a finales de noviembre y se extiende hasta los primeros días de enero, generalmente después de Año Nuevo, aunque en algunos casos puede prolongarse hasta el Día de Reyes. Durante estas semanas, muchas personas aprovechan para reunirse con familiares y amigos.
Mientras que los estudiantes de nivel básico disfrutan plenamente de estas fechas gracias a las vacaciones de invierno, el panorama laboral es distinto, porque los trabajadores cuentan con menos días de descanso y, en muchos casos, deben ajustar sus agendas para cumplir con las demandas de fin de año.
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En esta época del año, los empleados regulados por la Ley Federal del Trabajo (LFT) tienen la ventaja de contar con dos días feriados oficiales. El artículo 74 de la LFT establece que el 25 de diciembre y el 1 de enero son días de descanso obligatorio, lo que garantiza al menos dos jornadas libres para convivir con la familia y recuperarse del cierre de actividades del año.
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Además, algunas empresas optan por otorgar días adicionales para que sus empleados puedan convivir más tiempo con sus familias. Sin embargo, lo que sí es obligatorio es respetar los dos días de descanso establecidos por ley o, en su caso, cubrirlos con los pagos correspondientes.
El artículo 75 de la LFT establece que tanto las personas empleadoras como las personas trabajadoras deben llegar a un acuerdo para determinar cuántos empleados deberán presentarse a laborar durante un día de descanso obligatorio, como ocurre el 1 de enero.
¿Cuánto me deben pagar si trabajo el 1 de enero de 2026?
Las y los trabajadores que laboren de manera habitual en un día de descanso obligatorio tienen derecho a recibir, además de su salario diario, un pago doble por el servicio prestado. Es decir, quienes presten sus servicios el 1 de enero deben recibir un salario triple.
¿Dónde denunciar si no me pagan lo que marca la ley?
Si un trabajador no recibe la remuneración establecida en la LFT, puede presentar una denuncia ante organismos como la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET). En la Ciudad de México, la oficina central se encuentra en Dr. José María Vértiz 211, Colonia Doctores, en la Alcaldía Cuauhtémoc.
En el resto del país, la atención se brinda a través de las oficinas del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. También se puede solicitar orientación vía telefónica a los números 800 911 7877 y 800 717 2942. Todos los servicios ofrecidos por esta institución son gratuitos.